¡Sí, la comunicación es un derecho humano!
- CDC Panama
- 11 nov 2024
- 2 Min. de lectura

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión y opinión. Es por ello que los profesionales que trabajamos en la intervención de los Trastornos de la Comunicación, debemos brindarle a cada niño/individuo/persona que necesita comunicarse, un sistema de Comunicación.
"La Comunicación debe ser accesible para Todos".

Si como profesionales de la Comunicación no podemos transmitir este mensaje, entonces es muy dificil que logremos que cada una de las personas que atendemos, o ayudamos en comunicarse, logren ser tratados en la sociedad de manera inslusiva.
Una de cada 500 personas tiene una discapacidad de comunicación. Las rampas para sillas de ruedas están normalizadas para personas con discapacidades físicas, por lo que esta es una forma de normalizar los apoyos, como los tableros de comunicación para personas con discapacidades de comunicación, Sistemas de Comunicación Aumentativos Alternativos (conoce más que son Aquí ).
Hay personas con alguna discapacidad que no logran hablar para comunicarse. Pero pueden comunicarse de otras formas. Existen otras que pueden hablar pero con muy pocas palabras y necesitan otros sistemas para apoyar su comunicación.
Todas estas personas se benefician de algún Sistema de Comunicación Aumentativa Alternativo.

Se considera Comunicación Aumentativa cuando el medio empleado por la persona
complementa y acompaña a su comunicación oral.
Se considera Comunicación Alternativa cuando el medio empleado sustituye a la
comunicación oral.
Ambos tipos de comunicación permiten que la persona pueda desplegar todo su potencial comunicativo.
Cada persona tiene derecho a tener un Sistema de Comunicación Alternativo Aumentativo adecuado para hacerse oír, ofreciendo la oportunidad de interactuar y comunicarse con el mundo.
Puedes aprender más en nuestro próximo curso Presencial de Comunicación Aumentativa Alternativa
Comments